El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico aprobó la Orden TED/1252/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado, con dos modificaciones puntuales al marco que regula la generación eléctrica a partir de fuentes renovables, cogeneración y residuos.
En su primer artículo, la orden modifica la Orden ITC/1522/2007, que regula las garantías de origen de la electricidad renovable y la cogeneración de alta eficiencia. El cambio más relevante es la eliminación de la restricción para exportar las GdO de las instalaciones acogidas al régimen retributivo específico —es decir, aquellas que reciben una retribución regulada por el Estado—.
Hasta ahora, estas plantas solo podían comercializar sus certificados en el mercado nacional, donde los precios promedian entre 1 y 2 euros por MWh, muy por debajo de los valores registrados en países del norte de Europa, donde las garantías pueden alcanzar entre 5 y 8 €/MWh.
La nueva disposición habilita su participación en el comercio internacional, lo que aumentará su competitividad y márgenes de rentabilidad, especialmente en un contexto de sobreoferta renovable y precios bajos del pool.
El texto también deroga la obligación de destinar los ingresos de la venta de GdO a fines específicos, brindando a los productores mayor flexibilidad financiera para decidir cómo reinvertir o utilizar esos fondos.
Fuentes consultadas interpretan este punto como un paso más en la integración de los mecanismos de trazabilidad ambiental en el mercado europeo, alineando a España con los criterios de la Directiva (UE) 2018/2001 sobre energías renovables (RED II).
El segundo artículo modifica la Orden TED/526/2024, que regula la metodología de actualización de la retribución a la operación de las instalaciones tipo cuyos costes dependen del combustible. En concreto, se añade un valor mínimo trimestral de desviación entre flujos de caja, que sirve como piso de referencia para calcular los ajustes por afección a la retribución a la inversión en las plantas de biomasa.
Hasta ahora, las liquidaciones mensuales podían presentar distorsiones y ajustes retroactivos, debido a la forma en que se estimaban los flujos de caja, lo que generaba incertidumbre para las empresas respecto a los ingresos percibidos.
El nuevo sistema introduce una fórmula de cálculo estable (Desviación FCminn,k = –Rinvn / VIVPEE–RI) que evita desviaciones excesivas y garantiza una distribución más equilibrada de los pagos durante el año regulatorio.
Para el sector de la biomasa —donde los costes de explotación están altamente ligados al precio del combustible y a la disponibilidad de residuos—, la medida supone una mejora de la previsibilidad económica y la estabilidad operativa, dos factores clave para atraer nuevas inversiones en un segmento con alta intensidad de capital y bajo margen de retorno.
La Orden TED/1252/2025 forma parte de un paquete más amplio de revisión del régimen retributivo específico iniciado por el Gobierno con el Real Decreto 917/2025, de 15 de octubre, que modifica el Real Decreto 413/2014 —marco central del apoyo a las energías renovables en España—.
Ambas normas fueron inicialmente tramitadas de manera conjunta, pero el Consejo de Estado advirtió que las órdenes ministeriales debían aprobarse de forma independiente.
Con esta disposición, el MITECO culmina la etapa de ajuste administrativo previa a la revisión de parámetros prevista para el período 2026-2031, donde se actualizarán los valores de retribución a la inversión y operación de las instalaciones tipo.
Fuentes jurídicas consultadas destacan que este movimiento busca estabilizar el marco previo a la nueva revisión semiperiodal, reduciendo litigiosidad y consolidando la seguridad jurídica de los inversores.
































